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                |  |  
                |  | 
                 | 
                RECUPERO 
                CRÉDITOS |  
              
                |  |  
                | ¿Quieres verificar la 
                solvencia económica de tus socios de negocios? ¿tienes créditos? 
                y tus debitores no tienen solvencia o han desaparecido? ¿no sabes 
                si se esconden? ¿quieres saber si su solvencia económica antes 
                de iniciar una acción legal? 
                Nuestra sociedad puede 
                recolectar las informaciones que le interesan del estado 
                financiero y económico de sus clientes. Además nos ocupamos del 
                recupero de sus créditos gracias a nuesra estructura, unidamente 
                a una metodología de recolección de datos comerciales y 
                confidenciales y de diferentes clases. Les ofrecemos nuestra profesionalidad, competencia y 
                sobretodo diplomacia en el recupero de sus crédios en el 
                territorio Helvético. Primero verificamos el domicilio/residencia real de su deudor 
                y verificamos principalmente la posibilidad de una solución 
                extrajudicial del proceso de recupero del crédito.Nuestra sociedad transmitirá un informe de las operaciones 
                hechas en manera de poder  evaluar la posibilidad de 
                proceder al recupero efectivo
 Daremos al acreedor las informaciones necesarias del estado 
                patrimonial del deudor e informaciones útiles, actos a seguir 
                una decisión sobre la oprtunidad de ir a las vías legales y/o 
                ejecutivas o de entrar en negociaciones con un potencial socio.   |  
                | Nuestro trabajo se desarrolla en tres fases y pueden ser complementarias o 
acumulativas una respecto a la otra: |  
                |  |  
                | 1. Fase 
de búsqueda |  
                |  |  
                | La primera fase de verifica consiste en asegurarse del lugar de residencia 
oficial y efectiva del deudor, sea que se trate de una persona natural o 
jurídica. Para esto disponemos de una rede de informaciones técnicas y 
logisticas. Efectuamos, con toda discreción que se necesita, las verificas 
necesarias en las municipaliades, entes públicos y privados, camara de comercio 
y sociedades comerciales. En el presunto caso que sea imprescindible ir a las vías legales y/o 
ejecutivas con una buena probabilidad de éxito está respresentado verfifica 
preventiva de la situación patrimonial y financiaria el deudor, nos basaremos en 
tal problematica, verificando ante las autoridades competentes, la camara de 
comercio, el tribunal, etc. el efectivo estado patrimonial del deudor. No es 
raro la existencia de debitores que aparentemente no tienen patrimonio, pero 
que, de hecho, disponen de considerables patrimonios ocultos, y administrados 
por sociedades intermediarias o prestanombres.   La posibilidad de verficar anticipadamente la existencia de bienes muebles o 
inmuebles, cuentas bancarias, reditos, negocios offshore del deudor, constituye 
un hecho indispensable y la mejor garantia para comenzar una acción de recupero 
de crédito efectivo con posibilidad de éxito. |  
                |  |  
                | La fase de investigación 
                viene realizada personalmente por nuestra empresa y viene hecha 
                también la asunción de datos y cifras ante todas las personas, 
                autoridades o empresas que se presume tienen relaciones directas 
                o indirectas con el deudor |  
                |  |  
                | Nuestra experiencia nos 
                enseña que el creditor debe poder decidir brevemente la eventual 
                posibilidad para la concretización de la procedura de recupero. 
                Esto será posible por los datos que pondremos a su disposición y 
                los sugerimientos que les daremos dada nuestra experiencia y de 
                nuestra red de conocidos. 
                En un razonable y corto plazo de la 
                concesión de la asignación, haremos todo lo posible para 
                aprofundir en la búsqueda económico-financiaria del su deudor, 
                sea la que se ve oficialmente, es decir, la que el deudor quiere 
                que se vea, o las que están ocultas intencionalmente. 
                Contemporaneamente, a solicitud, en esta primera fase podemos 
                requerir al deudor de proveer a la extinción del pretendido 
                crédito. |  
                |  |  
                |  |  
                |  |  
                | 2. Fase 
extrajudicial |  
                |  |  
                | La carecida recaudación 
                de su crédito en la primera fase, tiempo principalmente a la 
                verificación de la sovencia del deudor, no implica la 
                imposibilidad de recuperar el crédito. |  
                |  |  
                | A este punto se pueden 
                presentar dos posibilidades: |  
                |  |  
                | Si a causa de las 
                informaciones recolectadas por nuestra empresa, se puedar cuenta 
                que el deudor no posee ningún bien 
                embargable. Puede resultar conveniente optar por una acción de 
                recupero por vía ejecutiva oficial,  aunque si el éxito no 
                será positivo. De hecho una vez conclusa la procedura de 
                recupero la oficina de ejecución y quiebra dará a favor del 
                creditor el certificado de falta de bienes. Este certificado 
                asegura en manera incontrovertible el título del crédito, el 
                importe, comprende los interes y los gastos. Este documento 
                oficial tiene una validad de 20 años. Esto significa que en ese 
                lapso de tiempo, el creditor no irá en prescipción y el creditor 
                podrá siempre actuar contra el debitor, trámite una procedura 
                especial, particularmente rápida y poco costosa. Si durante 
                estos 20 años el deudor compra bienes muebles o inmuebles, se 
                podrá embargar o sequestar fácilmente con la presentación del 
                certificado de falta de bienes, sin hacer nuevamente toda la 
                procedura de verificar el crédito.  Dicho en otras 
                palabras, el creditor tendrá la garantía que durante los 20 años 
                consecutivos. puede siempre reclamar su deuda por via ejecutiva  
                a su debitor y éste no se podrá oponer a esta procedura, a menos 
                que éste demuestre de no poseer absolutamente ningún tipo de 
                bien. No es raro asistir a deudores, que pasados algunos años 
                que se ha otorgado el certificado de falta de bienes, quieren 
                rescatar el mismo por propia iniciativa porque quieren por 
                ejemplo, contraer matrimonio, crear una empresa, abrir un 
                negocio, etc. En esta eventualidad, el acreedor, que  tiene 
                en beneficio de este certificado, su crédito será pagado aunque 
                con un poco de retardo.   Este particular tipo de procedura, tiene un objetivo 
                contable/fiscal, que es el de permitir de deducir el crédito que 
                pemanecio sin tramitar. En tal caso la contabilización del 
                certificado de falta de bienes y, la muestraa la autoridades 
                fiscales del certificado en revista, permetirá al creditor de 
                obrar sin necesidad de otras puebas, una deducción fiscal del 
                crédito restante no tramitado |  
                |  |  
                | 3. Fase judicial |  
                |  |  
                | Si a causa de las 
                informaciones recolectadas por nuestra empresa, se puede dar 
                cuenta que el deudor posee bienes embargables o secuestrables. Entonces se 
                impone una acción de recupero del crédito por vía ejecutiva, 
                esto quiere decir, con la intimación del acreedor de un precepto ejecutivo 
                contra el deudor y, en un segundo lugar, en el caso en que el deudor 
                interponga oposición al precepto, con la intervención de un 
                abogado de nuestra confianza, que vendrá al foro judicial 
                competente para asegurarse de la existencia del crédito que se 
                está reclamando. 
                Nuestra empresa conserva e impone la máxima 
                cautela al iniciar una acción legal, cuyos costos pueden  
                recaer totalmente e ir totalmente a cargo del acreedor si el 
                resultado es negativo. Las relaciones privilegiadas que atan 
                nuestra empresa a los abogados de confianza sirven para evitar 
                riesgos de una buena acción legal  asi misma y entonces 
                económicamente inoportuna.   |  
                |  |  
                | 
                En sustancia una 
                acción legal sólo es promovida exclusivamente en caso de 
                acciones seguras, o bien cuando, a causa de las búsquedas ya 
                efectuadas en la primera fase de comprobación, se puede ver que 
                el patrimonio oficial u oculto del deudor es suficiente para 
                extinguir el crédito.   |  
                |  |  
                | 
                Esta evaluación de 
                oportunidad hace respingo en el caso el acreedor encarga 
                directamente una acción legal a un abogado: generalmente, los 
                abogados actúan, a menudo, sin averiguar las efectivas 
                condiciones económicas del deudor. Sin embargo el contrato que 
                vincula el acreedor con su abogado, en todo caso viene 
                recompensado, sea en caso de resultado positivo, que en caso de 
                resultado negativo, se podrá intuir fácilmente la insatisfacción 
                del acreedor en verse endosar ulteriores gastos además del 
                crédito que no ha sido pagado. |  
                |  |  
                | La coordinación de la 
                fase de comprobación con la judiciaria, permite a nuestra 
                clientela de evaluar mejor la oportunidad de emprender la 
                segunda posibilidad, o de ir a las vías legales cuando hay una 
                buena certeza de reclamar una deuda por vía ejecutiva tenga 
                resultado positivo. Nuestra particular metodología de trabajo 
                permite al acreedor de evular de como emprender una acción 
                judicial y de los resultados de inseguros. |  
                |  |  
                | El Miralux Fiduciaria 
                Sagl provee a efectuar con la máxima diligencia la primera fase 
                de recuperación, consistente en el verificar la solvencia del 
                deudor y las posibilidades concretas para la recuperación del 
                crédito. |  
                |  |  
                | Por este motivo, 
                numerosos estudios legales extranjeros nos confían la tarea de 
                evaluar la factibilidad de la operación de recupero, para evitar 
                emprender una acción judicial, que va al fracaso |  
                |  |  
                | Quedamos a su 
                disposición para cualquier solicitud de verificación y 
                comprobación. Pueden pedir una oferta o un punto de vista 
                escribiendonos a la dirección de puesta electrónica: 
                info@miralux.ch 
 Les aseguramos nuestra máxima profesionalidad, independencia y 
                sobre todo confidencialidad. Evaluaremos juntos los resultados 
                de nuestras búsquedas y, en perfecta sintonía con las 
                informaciones recogidas, decidiremos, siempre juntos, que cosa 
                podremos hacer..
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                |  |  
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